La reforma sitúa a las personas y sus formas de desplazarse en el centro de la movilidad, dejando atrás un modelo centrado en la carretera y el vehículo.
Por primera vez, se define a los usuarios vulnerables —peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de VMP— y se incorpora al Reglamento el título VI, dedicado a las normas de circulación específicas en zonas urbanas.
A partir del 1 de octubre de 2026 entran en vigor las modificaciones del Reglamento General de Circulación aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio. El objetivo prioritario es incrementar la seguridad de los usuarios vulnerables y adaptar la normativa a la transformación experimentada por la movilidad durante los últimos veinte años.
El Reglamento incorpora por primera vez la definición formal de usuario vulnerable de la vía, atendiendo tanto al medio de desplazamiento como a las características físicas y de edad que implican un mayor riesgo de sufrir lesiones graves en un siniestro. Se incluyen peatones —con especial atención a menores, mayores y personas con discapacidad—, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Entre las principales novedades figuran:
- VMP: edad mínima de 15 años, casco obligatorio y chaleco reflectante durante la noche o con escasa visibilidad. El alumbrado permanente, también durante el día, será obligatorio desde el 1 de octubre de 2027. Fuera de los núcleos urbanos podrán utilizar vías segregadas del tráfico a motor, salvo prohibición señalizada.
- Bicicletas: casco obligatorio en vías interurbanas para todos los ciclistas, eliminándose las exenciones. Para adelantar a un ciclista habrá que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, mantener una separación mínima de 1,5 metros y cambiar completamente de carril cuando exista más de uno por sentido.
- En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril. Se establece una distancia mínima de seguridad de cinco metros entre vehículos a motor y bicicletas que circulen delante por el mismo carril.
- Motocicletas y ciclomotores: guantes obligatorios en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Desde el 1 de octubre de 2027, los usuarios de ciclomotores deberán llevar casco homologado y no simplemente certificado.
- Motoristas: podrán circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, sin superar los 30 km/h y siempre que el tramo esté previamente señalizado.
- Riders: quienes utilicen bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas para desarrollar una actividad profesional deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.
- Peatones: en calles con plataforma única tendrán prioridad. También se da entidad jurídica a los denominados caminos escolares seguros.
- Emergencias: cuando el tráfico esté detenido o circule a paso de peatón, los vehículos deberán apartarse para crear un carril de emergencia. En vías de dos carriles se abrirá por el centro; en las de tres, entre el carril izquierdo y el central.
- Vehículos inmovilizados: al rebasar vehículos detenidos por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico habrá que dejar 1,5 metros de separación y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite.
- Cinturón de seguridad: se eliminan determinadas exenciones y pasa a ser obligatorio en todo momento para conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción.
- Autocaravanas: no podrán desplegar elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán descansar sobre los neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
La DGT anuncia además una campaña informativa mediante cuñas radiofónicas, contenidos en redes sociales, intervenciones en radio y una página específica en su web para explicar los cambios.

